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Información legal

Moderación y reclamaciones

Cómo notificar contenidos ilícitos o contrarios a nuestras normas, cómo decidimos, qué información recibes y cómo puedes recurrir nuestras decisiones.

Autoría:
Equipo editorial de Coches y Más
Publicado:
Última revisión:
pendiente de revisión jurídica

Borrador pendiente de revisión jurídica

Este texto es un borrador preparado por el equipo de Coches y Más y todavía no lo ha revisado una asesoría jurídica. Puede cambiar. Los datos marcados como «Pendiente» aún no se han configurado.

Esta página describe cómo gestiona TECHNICAL TEX CONSULTING SOCIEDAD LIMITADA (TTC SL) los contenidos publicados en Coches y Más que puedan ser ilícitos o contrarios a las Condiciones de uso y a las Normas de publicación. Toma como referencia el Reglamento (UE) 2022/2065 de Servicios Digitales en la medida en que resulte aplicable a este servicio.

1. Cómo notificar un contenido

Cualquier persona o entidad, tenga o no cuenta en Coches y Más, puede notificarnos un anuncio, un mensaje, un perfil u otro contenido que considere ilícito o contrario a nuestras normas.

Canales

  • Botón Denunciar, en cada anuncio, mensaje y perfil. Es la vía más rápida porque identifica automáticamente el contenido.
  • Formulario de notificación accesible desde el pie de página, para quien no tenga cuenta o quiera notificar varios contenidos.

Las notificaciones se presentan por vía electrónica.

Qué debe incluir una notificación de contenido ilícito

Para que podamos valorarla, la notificación debe contener:

  1. Una explicación suficientemente motivada de por qué consideras que el contenido es ilícito.
  2. La ubicación exacta del contenido, como la dirección (URL) del anuncio o la identificación del mensaje.
  3. Tu nombre y una dirección de correo electrónico, salvo en los casos en que la ley no lo exige.
  4. Una declaración de que la información y las alegaciones que contiene son, a tu leal saber y entender, precisas y completas.

Si solo quieres avisarnos de que un contenido incumple nuestras normas, basta con elegir el motivo y explicar brevemente el problema.

2. Qué pasa después de notificar

  • Acuse de recibo y referencia. Si nos has facilitado un correo electrónico, te enviaremos sin dilación indebida un acuse de recibo con una referencia de seguimiento.
  • Revisión. Revisamos las notificaciones de manera diligente, objetiva y no arbitraria, y adoptamos una decisión en tiempo oportuno.
  • Comunicación de la decisión. Te informaremos de la decisión que hayamos adoptado y de las vías de recurso disponibles. Si hemos usado medios automatizados en la tramitación o en la decisión, te lo indicaremos.

Además de atender notificaciones, también podemos revisar contenidos por iniciativa propia.

3. Medidas que podemos adoptar

Según la gravedad y las circunstancias del caso, podemos:

  • pedir que se corrija un anuncio;
  • restringir la visibilidad de un contenido o dejarlo pendiente de revisión;
  • retirar un contenido o bloquear el acceso a él;
  • suspender o cerrar, total o parcialmente, el acceso al servicio o la cuenta de un usuario.

4. Declaración de motivos

Cuando restrinjamos un contenido o una cuenta porque consideremos que es ilícito o contrario a nuestras condiciones, enviaremos a la persona afectada, si conocemos sus datos de contacto electrónicos, una declaración de motivos clara y específica que incluirá:

  • qué medida hemos adoptado y, en su caso, su ámbito territorial y su duración;
  • los hechos y circunstancias en los que nos hemos basado, indicando si actuamos a raíz de una notificación o por iniciativa propia;
  • si hemos utilizado medios automatizados para detectar el contenido o para decidir;
  • si el contenido se considera ilícito, el fundamento jurídico y por qué lo consideramos ilícito;
  • si el contenido se considera contrario a nuestras condiciones, la cláusula aplicable y por qué lo incumple;
  • las vías de recurso disponibles: el sistema interno de reclamaciones, la resolución extrajudicial de litigios cuando proceda y la vía judicial.

5. Sistema interno de reclamaciones (recursos)

Si no estás de acuerdo con una decisión, puedes presentar una reclamación a través de nuestro sistema interno. Pueden reclamar tanto la persona afectada por la medida como quien presentó la notificación, por ejemplo, si decidimos no actuar.

  • Cómo: desde el enlace incluido en la comunicación de la decisión o desde tu cuenta, indicando la referencia de seguimiento.
  • Coste: gratuito.
  • Plazo para reclamar: al menos seis meses desde que se te comunique la decisión.
  • Revisión: la reclamación se resuelve de manera diligente, no discriminatoria y no arbitraria, bajo la supervisión de personal cualificado y no exclusivamente por medios automatizados.
  • Resultado: si la reclamación demuestra que la decisión no estaba justificada, la revertiremos sin dilación indebida. En todo caso, te comunicaremos una decisión motivada y te informaremos de las demás vías de recurso.

6. Resolución extrajudicial de litigios

Cuando resulte aplicable, puedes acudir a un órgano de resolución extrajudicial de litigios certificado conforme al artículo 21 del Reglamento (UE) 2022/2065 para resolver controversias sobre nuestras decisiones de moderación, incluidas las reclamaciones que no se hayan resuelto mediante el sistema interno.

  • Estos órganos no pueden imponer una solución vinculante a las partes.
  • Acudir a ellos no impide que puedas recurrir ante los tribunales en cualquier momento.

La información sobre los órganos certificados disponibles se publicará en esta página (pendiente de completar).

7. Vía judicial

En cualquier momento puedes acudir a los juzgados y tribunales competentes conforme a la ley aplicable.

8. Usuarios profesionales

Si eres un usuario profesional, además de lo anterior tienes las garantías previstas en las Condiciones para profesionales, incluido el procedimiento interno de reclamaciones previsto en el Reglamento (UE) 2019/1150 cuando resulte aplicable.

9. Uso indebido del sistema

  • Podemos suspender, durante un periodo razonable y tras una advertencia previa, la cuenta de quien publique con frecuencia contenidos manifiestamente ilícitos.
  • Podemos suspender, durante un periodo razonable y tras una advertencia previa, la tramitación de notificaciones y reclamaciones de quien presente con frecuencia notificaciones o reclamaciones manifiestamente infundadas.

Valoraremos cada caso teniendo en cuenta todos los hechos y circunstancias relevantes.

10. Riesgo para la vida o la seguridad de las personas

Si tenemos conocimiento de información que haga sospechar que se ha cometido, se está cometiendo o puede cometerse un delito que implique una amenaza para la vida o la seguridad de las personas, lo comunicaremos a las autoridades competentes.

Si estás ante una emergencia, llama al 112.

11. Órdenes de las autoridades

Cuando recibamos una orden de una autoridad judicial o administrativa competente para actuar contra un contenido o para facilitar información, actuaremos conforme a la ley e informaremos a las personas afectadas cuando proceda.

12. Contacto

Para cualquier cuestión sobre este procedimiento puedes escribir a info@usatek.eu.

Fuentes